Auxiliar de Administración e Información – Campaña de Renta

La Agencia Estatal de Administración Tributaria ha publicado la oferta de vacantes e instrucciones sobre el procedimiento de solicitud para los aspirantes que han superado el proceso selectivo para el ingreso, por el sistema general de acceso libre de personal laboral fijo discontinuo en la categoría profesional de auxiliar de administración e información (Campaña de Renta), grupo profesional IV del IV convenio colectivo de personal laboral de la AEAT.

Enlace a la Resolución

En el Anexo I de la Resolución figura la relación de puestos que se ofertan a los aprobados.

Los aprobados que obtienen plaza en el proceso selectivo solicitarán al menos, el mismo número de vacantes que el que ocupan en la lista de aprobados ordenada por la puntuación obtenida en el proceso selectivo. Las vacantes solicitadas se entenderán ordenadas por la preferencia del aspirante.

Las solicitudes de destinos se realizarán, exclusivamente, a través de medios telemáticos, haciendo uso de la aplicación informática “Empleo Público Elección de destinos” que se encuentra disponible en la sede electrónica de la Agencia Tributaria/Todas las gestiones/Procedimientos no Tributarios/Empleo Público/Empleo Público Elección de Destinos, disponible también a través del siguiente enlace

https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/procedimientoini/B202.shtml

El acceso a dicha aplicación informática se realizará por vía telemática con certificado electrónico o sin certificado electrónico mediante “Clave PIN”. Las instrucciones de uso de esta aplicación informática se descargarán también de la misma ubicación señalada en el párrafo anterior.

Los aspirantes deberán solicitar destino desde la publicación de esta Resolución en la citada página web, hasta el día 16 de enero de 2023, inclusive.

A los aspirantes que no presenten solicitud por vía telemática en el plazo señalado, o que, habiéndola presentado, limiten su elección a una o varias vacantes que, en función del número de orden obtenido, no fuera posible adjudicarles, les será adjudicada alguna de las plazas vacantes.

La adjudicación de destinos se efectuará, respecto de los aspirantes que hayan obtenido plaza y acreditado los requisitos de la convocatoria; según las peticiones presentadas, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 27.4 del Convenio Colectivo de Personal Laboral de la Agencia Estatal de Administración Tributaria y base 9.5 de la convocatoria del proceso selectivo, excepto en lo previsto en el artículo 9 del Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre (Boletín Oficial del Estado del 17) por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad, y en la Orden HFP/ 688/2017, de 20 de Julio (BOE del 22).

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