Personal de Servicios

RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL CALIFICADOR DEL PROCESO SELECTIVO PARA EL INGRESO, POR TURNO LIBRE, EN LA COMPETENCIA FUNCIONAL DE PERSONAL DE SERVICIOS DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN, CONVOCADAS POR ORDEN PRE/1508/2021 DE 2 DE DICIEMBRE, DE LA CONSEJERÍA DE LA PRESIDENCIA, POR LA QUE SE DECLARAN LOS ASPIRANTES QUE HAN SUPERADO EL EJERCICIO DE LA FASE DE OPOSICIÓN.

Primero.- Aprobar la plantilla definitiva de respuestas correctas correspondientes al cuestionario del ejercicio de la fase de oposición celebrado el día 26 de noviembre de 2022, que se acompaña como Anexo I, una vez corregidas y anuladas las preguntas siguientes:

1; Se anulan las preguntas 22, 54, 62, 63 y 66, que se sustituyen por las preguntas de reserva número 71, 73, 75, 76 y 77.
2. Se anulan las preguntas de reserva número 72 y 74.
3. Se corrigen los siguientes errores de transcripción:

  • Pregunta 21: D) -en lugar de la c-.
  • Pregunta 43: C) -en lugar de a-.

El resto de las alegaciones o impugnaciones son desestimadas por no considerar fundados los motivos de reclamación.

Segundo.- Aprobar la plantilla definitiva de respuestas correctas correspondientes al cuestionario del ejercicio aplazado de la fase de oposición, celebrado el día 19 de diciembre de 2022, que se acompaña como Anexo II, teniendo en cuenta que no se ha impugnado ninguna pregunta por los aspirantes que realizaron el examen.

Tercero.- Determinar, con anterioridad a la identificación de los aspirantes, de acuerdo con lo establecido en el Anexo II de la orden de convocatoria, que la calificación mínima para declarar superado el ejercicio es de 10,49142 puntos (sobre 20) para el turno libre y de 8,26286 (sobre 20) para el turno de personas con discapacidad.

Para establecer estas puntuaciones, el tribunal, de acuerdo con lo establecido en el Anexo II de la convocatoria, ha tenido en cuenta el 60% de la puntuación resultante de la media de las 10 puntuaciones más altas obtenidas por los aspirantes para cada uno de los turnos, considerando a estos efectos una nota por cada aspirante, aunque la misma se repita. Además, el tribunal calificador no puede declarar en ningún caso que ha superado esta parte del ejercicio un número de aspirantes que suponga más del 400% de las plazas objeto de convocatoria para cada uno de los turnos, salvo empates en el marginal.

Cuarto.- Hacer pública la relación de aspirantes que han superado el ejercicio de la fase de oposición tal como se detalla en los siguientes anexos:

  • Anexo III: Aspirantes aprobados – tuno libre.
  • Anexo IV: Aspirantes aprobados – tuno libre – discapacidad.
  • Anexo V: Aspirantes no aprobados – tuno libre.
  • Anexo VI: Aspirantes no aprobados- tuno libre – discapacidad.

Quinto.- Abrir un plazo de 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación de esta resolución, para que los aspirantes que han superado la fase de oposición, presenten ante el órgano gestor del proceso selectivo (Consejería de la Presidencia, sita en la calle Santiago Alba, 1, 47008 de Valladolid) la documentación acreditativa de los méritos que deseen que les sean valorados en la fase de concurso, así como copia de la solicitud de certificado de servicios prestados, conforme al Anexo VI de la convocatoria.

Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de la Presidencia, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar su publicación en la página web de la Dirección General de la Función Pública https://www,empleopublico.jcyl.es/ y en las oficinas de asistencia en materia de registro de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

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